- Cuantificación judicial del daño y el beneficio de su publicidad
- Aspectos generales. Elementos posibles de considerar en la determinación. Daño a la persona. Antecedentes legales. La reflexión que el Juez hace para determinar la cuantificación del Daño, no se encuentra exenta de dudas, especialmente debido a la falta de parámetros y sistemas que le ayuden expresar el quantum en la medida más justa posible, considerando además, que el Daño resarcible no es meramente eventual o hipotético, sino, debe reunir los requisitos de realidad y certeza...
- Cuba: Análisis de la protección normativa contra los actos de Competencia Desleal
- Desarrollo del derecho sobre la Competencia Desleal en Cuba. Valoración de la protección contra la Competencia Desleal por parte del ordenamiento jurídico cubano. La competencia entre las empresas se considera como el medio óptimo para satisfacer la oferta y la demanda en la economía y sirve a los intereses de los consumidores y de la economía en su conjunto. En ocasiones la competencia económica se ha comparado a las competiciones deportivas, porque en ambos casos el mejor debe ganar. En la competencia económica, el ganador deberá ser la empresa que proporcione el producto más útil y eficaz o que preste el servicio de la forma más económica y en los términos más satisfactorios (para el consumidor). No obstante, este resultado solamente puede lograrse si todas las partes se desempeñan según cierto conjunto de reglas básicas, o sea, si la competencia se desarrolla dentro de determinados límites definidos por el derecho; pero puede ser tentador infringir estas reglas. Es por ello que donde existe competencia, es factible que se produzcan actos que transgreden estos límites, llamados actos de competencia desleal...
- Cuestionario de derecho Romano - Las Personas
- ¿Qué es una persona?. ¿Qué es la capacidad?. ¿Qué era la libertad según los romanos?. ¿Qué eran las manumisiones y cuáles eran sus clases?. ¿En que consistió el colonato y el derecho de patronatus?. ¿Cómo se definía el matrimonio romano?. ¿Qué era la patria potestad?. ¿Qué era la curatela?.
- Cuestionario desarrollado del Derecho peruano
- El Derecho Civil. El Derecho Penal. El Derecho Penitenciario. El Derecho Constitucional. Los Títulos Valores. El Derecho Laboral. El Derecho Procesal Civil. El Derecho Procesal Penal. El Derecho Constitucional y el Derecho Procesal Constitucional. Reflexiones legales. El derecho no es una ciencia, sino una disciplina o conjunto de normas que regula la actividad del ser humano, ya que en la evolución de la sociedad estas cambian según sus condiciones personales.
- Culpa, dolo y preterintención.
- El dolo. La preterintención. La culpa. Teoría acerca de la naturaleza y el fundamento de la culpa. Clasificación de la culpa. La Culpa en el Código Penal Venezolano.
- Cultura tributaria vs. Constitución de 1999
- En Venezuela una cultura tributaria es sólo una posibilidad aún incipiente en el horizonte de las relaciones ciudadano-Estado. A partir de los fundamentos de la Constitución de 1999, ¿cuáles orientaciones se pueden derivar y qué posibilidades esperar para el fomento de esa cultura?.
- Cultura y derecho humanos
- Claudio Arrau y Pinochet. Norma Aleandro y los militares argentinos. Mario Vargas Llosa y Fujimori. Wolle Soyinka y Abacha
Salman Rushdie y el Ayatollah Khomeini. Reinaldo Arenas y Castro.
- Custodia Compartida: una alternativa contra la disolución de la familia
- Definición. Modalidades. Interés del menor. Edad del menor. Sexo del hijo y de los padres. Tiempo y Convivencia. Estabilidad. Mutuo acuerdo de los padres. Mediación.
Judicialidad. El presente artículo estudia los puntos neurálgicos de toda regulación referente a la Custodia Compartida de los menores en la etapa posterior al divorcio, para ello se vale de varios estudios psico-sociales y de un integérrimo análisis de Derecho Comparado. El razonamiento transita por asuntos tales como: la definición, las modalidades, el interés del menor, la edad del menor, el sexo del hijo y del padre, el tiempo y convivencia, la estabilidad, el mutuo acuerdo de los padres, la mediación y finalmente la intervención judicial. Estamos frente a una institución de avanzada que -por su aporte al bienestar familiar y su congruencia con el sublime principio de respeto al interés del menor- ha de ser adecuadamente valorada por nuestros legisladores.
- Daño Moral
- Actualmente, la figura del daño moral está ganando muchos adeptos en el compendio jurídico de nuestros países latinoamericanos, debido a las múltiples demandas ganadas en los países anglosajones. Sin embargo está figura tiene sus orígenes en la doctrina francesa, la cual fue denominada por los jurisconsultos franceses como: "Domages Morales".
Destacamos que daño es aquel mal o perjuicio producido a una persona o bien. Moral es la suma de elementos psíquicos y espirituales, que inciden en el normal desenvolvimiento emotivo del ser humano.
Actualmente en Venezuela han surgido muchas demandas por parte de los trabajadores hacia sus patronos, pidiendo el pago de las prestaciones sociales y el pago de indemnizaciones derivadas de enfermedades ocupacionales.
- Daño Psíquico: ¿El Resarcimiento del Sujeto?"
- Los estados modernos sostienen la resolución de los conflictos entre personas por medio de la administración de justicia, esta última ha elaborado y evolucionado desde el antiguo derecho romano hasta los modernos procedimientos judiciales. En el afán de "hacer justicia", de ser justo por medio de una sentencia, el juez es el encargado de administrar justicia por medio de la construcción de la "verdad jurídica". Para estos fines existen una variedad de auxiliares técnicos que, como su nombre lo indica, asisten al juez sobre problemáticas que requieren conocimientos técnicos específicos que puedan resultar de interés a la causa judicial en curso. Es en este espacio donde el psicólogo forense (psicólogo en función forense) encuentra donde desplegar parte de su practica profesional sin perder de vista su calidad de "extranjero" en el campo jurídico, como así también la necesaria adopción de los criterios formales que el acto pericial supone. En estos procedimientos subyace una superposición discursiva que comprende figuras y conceptos no solidarios entre sí, la noción de sujeto que la psicología supone, en especial el psicoanálisis, dista mucho de la figura de persona jurídica que el derecho proclama. Mientras que en un campo se busca rescatar y hacer emerger lo propio de la subjetividad, en el otro se produce una abstracción del sujeto y su palabra materializada en el principio de que nadie puede ser representado por sí mismo, el sujeto en el campo jurídico es hablado por otros. De todas formas no hay que perder de vista que el Derecho necesita formalizar esta borradura del sujeto para que los engranajes del procedimiento judicial funcionen.
- Daños y perjuicios causados por hechos ilícitos
- La palabra responsabilidad proviene del latín respondere, que se refiere a la capacidad de una persona para responder sobre los hechos propios, lo cual no es necesariamente una regla, como veremos más adelante. Conforme a la doctrina el término "responsabilidad" significa la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto en interés de otro sujeto a la obligación de reparar el daño producido. El trabajo principia de este modo para profundizar sobre el marco histórico legal de los conceptos de hecho ilícito, daño y perjuicio.
- Daños y perjuicios en la legislación Argentina
- Del modo de reparar el daño cuando se trata de delitos. Daño moral. Daño moral directo e indirecto. Ambito del resarcimiento del daño moral. Supuestos en que opera la responsabilidad contractual.
- De Humanitas Dignitate o lo ilícito de comer carne humana
- De Humanitas Dignitate. El concepto de dignidad. La idea de dignidad humana como restricción moral. La dignidad humana y las otras especies. Los derechos de los animales. La naturaleza dignificada. Los derechos de los animales como problema público.
- De la ejecución de la hipoteca
- Concepto de hipoteca. Acepciones de la palabra hipoteca. Problemática con respecto a la diferenciación de las garantías reales. Diferencia entre la obligación garantizada con hipoteca y la garantizada con prenda. Clasificación de las hipotecas. Caracteres de la hipoteca. La publicidad exigida. Consecuencias del registro de la hipoteca. La especialidad de la hipoteca. De la solicitud de ejecución de hipoteca. Inicio del procedimiento. Apelación del auto del juez excluyendo de la ejecución de determinadas partidas. De la oposición. El acreedor puede pedir que el remate se lleve a cabo sin esperar la sentencia definitiva. Efectos de la hipoteca con relación a los terceros poseedores. ¿Quiénes deben ser considerados terceros?. Hipoteca de vehículos de motor y de maquinaria automóvil. Hipoteca de aeronaves. Hipoteca de maquinaria industrial. Hipoteca del derecho de autor y de la propiedad industrial. Extinción de las hipotecas.
- De la representación del orden al orden de la representación.
- Elucidaciones en torno al estado de naturaleza. Técnica, Estado y Geometría. A manera de gentil introducción'El lenguaje está hecho de un sistema de notas (...) son las notas que una convención o una violencia han impuesto a la colectividad... 'Thomas Hobbes, Lógica. Ya desde las primeras páginas de su trabajo sobre Jean Jacques Rousseau, Jean Starobinski[1] esboza lo que en el resto del texto irá constituyéndose en el argumento central de su apreciación de la obra del filósofo ginebrino: que el 'drama' al que Rousseau se enfrenta es que el ser y el parecer constituyen dos cosas distintas. Que su época presencia el derrumbe de la transparencia recíproca de las conciencias, de la comunicación total y confiada –aún más– que significa la pérdida del paraíso. Paraíso, por cierto, que merece ser recobrado, al que vale la pena retornar; proposición tras la que se encamina –entera– la obra del autor, ya sea desde la reforma moral personal, desde la educación del individuo (Emilio), o desde la formación política de la colectividad (El Contrato Social) y la constitución de instituciones políticas ideales. Este paraíso originario es por momentos una dimensión del propio yo, por momentos una ficción, y por momentos –lo que nos interesa para nuestro trabajo– un instante preciso del devenir histórico: 'el estado de naturaleza'. La caída –imagen bíblica ligada al pecado– la máscara, es la fantasmagoría a la que apela Rousseau para describir la irrefrenable distancia que desequilibra el ajuste entre el ser y el parecer, el velo que se ha colado en las conciencias, la corrupción que se manifiesta en forma de espectáculo y que no solo pervierte la naturaleza del hombre, sino que lo vuelve irreconocible. Esta distancia es el triunfo de lo artificial (cultural) que se opone a la naturaleza, el avance de un lenguaje que separa signo de referente, que establece un espacio para la opacidad que 'refracta' la natural transparencia que liga a la cosa con su representación. Entonces, existe una tensa relación en la epistemología roussoniana entre la naturaleza y la cultura, entre el estado primigenio, originario de la felicidad, y la imperdonable sombra que interpone en la representación el lenguaje moderno. Pues bien –responder esta pregunta es el objetivo del presente trabajo–, ¿de qué manera se establece esta relación en el Leviathan de Thomas Hobbes?, o –mejor dicho– ¿cuánto de 'natural' hay en el estado de naturaleza hobbesiano?, ¿cuánto de cultural existe en este estado al que suponemos pre–cultural? A la respuesta a esta inquisición precisa podemos agregar dos objetivos que obligatoriamente se desencadenan en el proceso que conlleva responder la misma: 1) que la tensión al interior de las definiciones de naturaleza, estado de naturaleza, leyes naturales y Leviathan es la tensión entre un mundo inmanente y uno abierto a la trascendencia que recorre toda la obra mencionada; 2) que la lectura del problema de la definición del Estado de Naturaleza desde una perspectiva que lo acerca al problema del surgimiento del lenguaje moderno y al análisis de los vínculos socioculturales de los usos del mismo permite privilegiar la lectura decisionista de la constitución del Leviathan.
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