- Comportamiento internacional en la protección de los Derechos Humanos
- Su representación en la carta de la ONU. Definición de los Derechos Humanos. La ONU y la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La Unión Europea como unidad de Derechos Colectivos. La política de los Derechos Humanos desde la OEA. El análisis de los sistemas preponderante en la protección de los Derechos Humanos, en la Unión Europea y en la Organización de Estados Americanos.
- Compra Venta
- Antecedente. Definición. Sujetos en el contrato de Código Civil. Características jurídicas del contrato de compra venta. La capacidad en los sujetos contratantes. Perfeccionamiento del contrato. La compra venta sobre documentos. Pactos en los contratos de compra-venta.
- Compra-venta
- El Contrato. Los Contratos Consensuales. Función jurídico-económica de la compraventa. Importancia económica de la compra-venta. Definición de la compraventa. Código de Napoleón.
Legislación Mexicana. Clasificación del contrato de compraventa. Compraventa
Compraventa de inmuebles. Diversas especies dentro del contrato de compraventa. Compraventa voluntaria y forzosa. Venta Judicial. Compraventa civil. Requisitos de existencia. Distinción entre los elementos esenciales y los de validez. Objeto. Doble aspecto del objeto indirecto de la compraventa. Riesgos de la cosa. Diversos casos de compraventa de cosas futuras. Determinación de la cosa. El Precio. Función jurídica del tercero. Relación entre el precio y el valor de la cosa. Requisitos de Validez de la compraventa. Enumeración. Modalidades de la compraventa. Compraventa a vistas. Contrato de compraventa internacional.
- Comunidad
- Concepto. Concepción Histórica. Clases de Comunidad. Elementos de la Comunidad. Régimen Jurídico General de la comunidad. La Comunidad Concubinaria. La Comunidad Indígena.
- Comunidades y rondas campesinas. Aproximación a su naturaleza jurídica
- La Comisión de la Verdad y los derechos de los pueblos indígenas. Los mecanismos tradicionales de resolución de conflictos. El concepto de pueblo indígena. Las Comunidades Campesinas y Nativas. Las Rondas Campesinas. Las Rondas Campesinas y los Comités de Autodefensa. Las Rondas Campesinas y la jurisdicción especial indígena. Las Rondas Campesinas y los Pueblos Indígenas. La Ley N° 27908 y las Rondas Campesinas. Tareas pendientes.
- Comunidades y rondas campesinas. Aproximación a su naturaleza jurídica
- La Comisión de la Verdad y los derechos de los pueblos indígenas. Los mecanismos tradicionales de resolución de conflictos. El concepto de pueblo indígena. Las Comunidades Campesinas y Nativas. Las Rondas Campesinas. La Ley N° 27908 y las Rondas Campesinas. Tareas pendientes. En los últimos años en nuestro país han surgido diversos conflictos vinculados a la explotación de los recursos naturales, entre empresas mineras y organizaciones de la sociedad civil. De alguna manera, a nivel internacional, las pautas y estandares de tratamiento de tal situación ha sido contemplada en las denominadas "Normas sobre las responsabilidades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales en la esfera de los derechos humanos", aprobadas por la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas en agosto del 2003. Por su parte, a nivel nacional, entre otros aspectos, dicha problemática ha determinado se retome un importante debate sobre la naturaleza jurídica de las rondas campesinas, especialmente en los ámbitos de la seguridad y la justicia. En principio, el rol y funciones de las rondas campesinas en materia de seguridad ciudadana ha sido regulado meridianamente mediante la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y su Reglamento, en las que se reconoce su contribución a través de sendos representantes elegidos en los Comités Provinciales y en los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana. No debe obviarse que para tales efectos, la participación de las rondas campesinas se realiza en el contexto del concepto de Seguridad Ciudadana, entendida como la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, así como para contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas (Artículo 2° de la Ley N° 27933). Sin embargo, el reconocimiento del innegable papel que cumplen las rondas campesinas en el ámbito de la resolución de conflictos y administración de la justicia hasta la fecha no resulta pacífico. Las posiciones doctrinales al respecto se encuentran divididas, con diversos matices, entre los que sostienen que las rondas campesinas tendrían relativas facultades de colaboración en las funciones jurisdiccionales y policiales; los que plantean que las rondas campesinas constituyen instancias informales de resolución de conflictos; y quienes afirman que las rondas campesinas tienen y deben ejercer de manera plena funciones jurisdiccionales. La multiplicidad de interpretaciones sobre el rol de las rondas campesinas en materia de justicia, entre otros factores y en gran parte se ha visto acrecentado por la existencia de un marco jurídico impreciso y contradictorio, tanto en lo que se refiere a los instrumentos internacionales vigentes en nuestro ordenamiento interno, como a nivel constitucional y en la legislación ordinaria. De esta manera, sin la intención de dirimir en la polémica –que por lo demás sería una pretension ilusoria-, pero sí con el propósito de aportar algunos elementos históricos, fácticos y normativos al debate sobre este importante tema, se realizará un suscinto inventario de las principales normas sobre las rondas campesinas, se establecerá las diferencias conceptuales y fácticas con otras formas de organización social y, finalmente, se destacará sus potencialidades y debilidades, precisando algunas tareas pendientes a nivel normativo y jurisprudencial para los operadores jurídicos.
- Concepción del Estado en la Época del Virreinato
- Marco teórico conceptual. Estructura político administrativa del estado virreinal del Perú. Sobre la escolástica virreinal peruana: el p. Leonardo de Peñafiel, comentarista de Aristóteles (1632). Teorías de filósofos sobre el Estado.
- Concepciones del término acceso carnal
- Planteamientos Teóricos. La peculiar forma de tipificar la conducta delictiva se origina con la posición que sostiene: "Solo el varón es susceptible de ser sujeto activo". Se afirma, la propia índole de la cópula sexual determina la condición del varón en agente, titular del instrumento penetrante que accede y con el que, con naturalidad y violencia, limita la libertad sexual del agraviado.
- Concepciones, teorías y tendencias de investigación social y jurídica
- Propósitos del seminario: Brindar elementos conceptuales, metodológico operativos que les permita a los participantes avanzar en la formulación, redacción y socialización del anteproyecto de investigación en el área de interés específico, dentro de las líneas de investigación ya definidas para la maestría en derecho administrativo...
- Concepto de ley
- Características. Formación. Vigencia. Derogación. Caducidad. Clasificacion de las leyes.
- Concepto de Matrimonio y explicación de su contenido
- Requisito. Requisitos previos según el caso. ¿Qué entendemos por impedimentos?. ¿Cuáles son los impedimentos?. Impedimentos Prohibitivos. Efectos del matrimonio. Matrimonio in extremis.
Matrimonio por apoderado. Matrimonio de personas Uruguayas contraído en el extranjero. Derechos y deberes de los cónyuges.
- Concepto de persona en el Derecho
- Etimología de "Persona". Definiciones de persona en el Derecho. Relación entre el concepto de personas y otros conceptos. Clasificación de las personas. Derecho Civil.
- Concepto de tutela
- Características. Sujetos pasivos de la tutela. Clases de tutela. Extinción de la tutela.
La palabra tutela deriva de la voz latina tueor, que significa defender, proteger. Tutelar por lo tanto significa, cuidar, proteger y ésta es cabalmente una de las misiones más importantes que debe cumplir el tutor: proteger los intereses del pupilo, tanto personales como patrimoniales. Así, se puede decir que el papel del tutor es el proteger la persona del incapaz, procurando siempre su rehabilitación y su bienestar; y administrar el patrimonio del mismo de manera que rinda al máximo de sus beneficios siempre en provecho del pupilo...
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